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Leonor Etcheberry: “Los que rechazan reformar la sociedad conyugal sienten que la mujer necesita protección, más que igualdad”

La ley chilena establece que el marido es el “jefe” de la sociedad conyugal y, como tal, “administra los bienes sociales y los de su mujer”. Un 65% de los matrimonios vive bajo este régimen y un 33% opta por la separación total de bienes. El Congreso lleva 15 años tramitando una reforma del Código Civil para garantizar la igualdad de facultades entre hombres y mujeres en la sociedad conyugal. La Comisión de la Mujer y la Equidad de Género del Senado está discutiendo las últimas indicaciones que presentó el Gobierno de Gabriel Boric –que reactivó la tramitación en el Congreso– y los parlamentarios para su votación que podría terminar a más tardar el 12 de diciembre.

En 2008, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos llegó a un acuerdo amistoso con el Estado de Chile, el que se comprometió a ponerle suma urgencia al proyecto de ley en el Congreso para derogar las normas que establecen la discriminación, algo que todavía no ocurre. Una de las principales piedras de tope del proyecto es lo que se conoce como “patrimonio reservado de la mujer casada”, una norma que permite que solo la esposa administre los bienes obtenidos por su trabajo. El proyecto de ley elimina esta figura. La abogada Leonor Etcheberry, integrante de la Corte Suprema y una de las impulsoras de la reforma durante el segundo periodo de Sebastián Piñera (2018-2022), espera que de una vez por todas la reforma vea la luz verde para alcanzar una normativa “acorde al siglo XXI”, dice en su casa en el municipio de Las Condes, en el sector oriente de Santiago.

Pregunta. Este tema explotó por el caso Arce. ¿Cómo afecta el régimen de sociedad conyugal a las mujeres cuando heredan un inmueble?

Respuesta. Si una mujer casada en sociedad conyugal hereda un inmueble, este va a lo que se llama su haber propio. Nunca entra a la sociedad conyugal y si esta se termina, ella se lo queda. El único problema es que mientras está en la sociedad conyugal, ella no lo administra y quien lo hace es el marido, como jefe de la sociedad conyugal. Si ella quisiera hacer algo con ese bien, tiene dos opciones: o pedirle permiso al marido o ir a la justicia si éste se niega. El juez le puede preguntar al marido por qué se niega y si éste da alguna razón coherente, el juez puede estar de acuerdo. Por ejemplo, que la plata por la que ella quiere vender el inmueble es mínima y no le conviene, como diciendo: “La protejo”. Ahora, si hereda acciones es aún peor, porque van al haber relativo y ahí sí que el marido las puede vender libremente.

P. ¿En que otros casos le puede afectar a la mujer?

R. Si de soltera tenía un coche y ese pasó al haber relativo, el marido podría venderlo libremente. Y en el haber propio clasifica todo lo que le den a título gratuito durante la sociedad conyugal, puede ser por herencia o porque alguien le regalara un bien inmueble. También si tenía inmuebles antes de casarse. Por lo tanto, si tú tienes una casa de soltera y te casas bajo el régimen de sociedad conyugal, si la quieres vender, tienes que pedirle permiso al marido. No es un problema de propiedad, sino de que quien administra es el marido. Y todo lo que tu compras va al haber social, también administrado por él.

P. ¿Por qué sigue ocurriendo esto en 2023?

R. La administración de los bienes propios es un punto en el que todos están de acuerdo que hay que reformar. Lo que pasa es que cuando tú vas a reformar ese punto, dices: “Bueno, reformemos todas las partes necesarias”. Y ahí es donde se frena. El problema central es que si tú haces que el matrimonio coadministre la sociedad conyugal tienes que sacarle el famoso patrimonio reservado a la mujer y yo creo que nadie quiere asumir el costo político de eso.

P. ¿Qué es el patrimonio reservado?

R. Si la mujer trabaja, lo que gana no va destinado a ninguno de los patrimonios que mencioné antes, el marido no lo puede administrar. Pero a estas alturas parece absurdo. Hay dos alternativas: o que la mujer se quede con su patrimonio reservado y hacer una reforma para darle la administración de los bienes que hereda, pero que el marido siga administrando el resto, o que coadministren los dos en la sociedad conyugal, como es en todas los sitios que tienen régimen de comunidad y cada uno es dueño de los bienes que hereda.

P. ¿Por qué la reticencia a renunciar al patrimonio reservado?

R. Fue una conquista de la mujer en el año 1952. Dos décadas antes de eso la mujer no podía trabajar y, si lo hacía, tenía que pedirle permiso al marido. Entonces claro que fue una conquista que nadie interviniera en lo que ella había ganado. Pero estamos en 2023, entonces uno no entiende cuando las propias mujeres se oponen. En el fondo, uno piensa que sienten que igual deben estar protegidas, más que iguales. Hay que estar claros que si queremos coadministrar esto va a desaparecer y, por lo tanto, hipotéticamente, si el marido va a la tienda y compra tres televisiones gigantes, en teoría podrían embargarle bienes que la mujer haya comprado con su trabajo. Y viceversa. Hoy en día no se puede.

P. ¿Las reticencias vienen de un sector político específico?

R. Le molesta a quienes sienten que la mujer necesita que le protejan su patrimonio, mujeres y hombres. La última vez que se perdió la tramitación en el Congreso se votó en contra en la Comisión de Mujeres donde eran todas mujeres y de los dos colores políticos. En este asunto curiosamente no se refleja la cosa feminista, que la gente asimila más a la izquierda. Es como que no se deciden si a la mujer quieren protegerla o igualarla. Bueno, si quieres protegerla, mantén el régimen como está, pero dale igual la administración de los bienes propios. Pero si quieres igualarla, que coadministren con las limitaciones que tienen todos los países.

Leonor Etcheberry Court.FERNANDA REQUENA

P. ¿Qué pasa con la mujer que no trabaja en el régimen de sociedad conyugal?

R. Hay muchas mujeres que todavía se quedan en su casa por las labores de cuidado. Como esas no ganan nada, no tienen acceso a los bienes de sociedad conyugal. Para sacar una tarjeta de crédito tiene que ir a firmar el marido. En cambio, con este sistema reformado por lo menos podría coadministrar las cosas que tienen. Podría, por ejemplo, ir a comprar un televisor y adjudicar la deuda. Tampoco estamos hablando de grandes patrimonios. Los grandes patrimonios en general están casados con separación de bienes o tienen sociedades. Hay ciertas cosas que el legislador ha protegido como la vivienda. Si tú logras un subsidio habitacional, la casa se la adjudican en general a la mujer, aunque no haya trabajado nunca, porque si se separan, suele ser la que se queda con los niños.

P. ¿Hay desconfianza en lo que pueda hacer la pareja si se elimina el patrimonio reservado?

R. Cuando las parejas están casadas y las cosas están bien, en general la que administra el presupuesto es la mujer, pero siempre pasas por la parte previa de “dame la plata”. Pero en cierta forma es algo que va del lado de yo te protejo, pero yo tengo todo el poder económico y te quedas sin nada. Entonces, ¿cuál es la gracia de quedarte en tu casa cuidando a los niños, a la mamá, a la suegra? Ni una. Es cierto que cuando está todo bien seguramente le pasa una tarjeta o dinero, ¿pero en el momento en que pelean? El otro le puede bloquear la tarjeta. El poder económico es muy grande, aunque sean sumas bajas.

P. Si se aprueba la reforma, ¿una mujer que no trabaja podría sacar una tarjeta sin la firma del marido?

R. No sé si en la práctica funcionará así en las casas comerciales y los bancos porque son extremadamente desconfiados y hacen firmar a todo el mundo, pero si lo ves jurídicamente tú dirías “yo quiero sacar esta tarjeta” y te preguntarían cuál es tu patrimonio y le responderías que coadministras una sociedad conyugal y que tu marido gana X y te la deberían dar. Hoy en día nadie contrata [acuerdos con casas comerciales o bancos] con la mujer que no trabaja, porque no tiene ningún bien. Todo esto entendiendo que ya acordamos que el patrimonio propio lo tiene que administrar la persona que lo tiene. Esto va unido a eso, por eso lo que queda por administrar es lo que ganan los dos. Si tú dices a quién le molesta, yo creo que quien en el fondo de su alma piensa que la mujer necesita protección.

P. ¿Cuál es la situación de una mujer que no trabaja y quiere emprender?

R. Si la mujer ha trabajado arduamente dentro de su casa y un día decide poner una empresa chiquitita de costura, por ejemplo, por lo menos tiene que comprar las máquinas de coser… Bueno, nadie se las va a vender a crédito si no tiene nada. Supongamos que lograron comprar un coche que es parte de la sociedad conyugal. Si tú hoy día vas a pedir un crédito chiquitito para comprarte las máquinas y en el banco o la casa comercial te preguntan qué tienes, ni siquiera puedes mencionar el coche, no tienes ningún derecho sobre eso, ni siquiera para darlo como en garantía para hacerte un préstamo. En cambio, si se aprueba la reforma, podría comprar una máquina de coser y obligar de alguna forma los bienes que tienen por el trabajo del marido o por lo menos los que tienen en común.

P. ¿Hay algún otro país de la región que esté como Chile?

R. Dentro de los países que uno estudia, no. Llama mucho la atención, porque todos hicimos este mismo camino: al principio la mujer no trabajaba, todos fueron a esto que nosotros llamamos patrimonio reservado y después de eso pasaron a la coadministración y terminaron con este patrimonio protegido, que es el que aquí no se ha dado.

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